viernes, 23 de noviembre de 2007

MIS DERECHOS HUMANOS: Merzco ser tratado con Respeto

Durante siglos, se consideró que el Estado (o quienes detentaban y ejercían el poder político) podía recurrir a cualquier medio a su alcance en la búsqueda de sus objetivos. La tortura física y psíquica no fueron la excepción.

Así, por ejemplo, maltratar o torturar a un sospechoso de cualquier delito para obtener su confesión, se consideraban métodos válidos y legítimos.

La prohibición de la tortura es un ejemplo inmejorable del carácter de restricción a los poderes del Estado, inherente a la doctrina de los derechos humanos. En efecto, aquí los estados quedan inhibidos de utilizar métodos inhumanos o degradantes para la búsqueda o consecución de sus objetivos (generalmente, mediante la aplicación de la tortura se pretende obtener información).

La prohibición de la tortura, el respeto a la integridad física, psíquica y moral, es uno de los derechos humanos que no conoce ninguna excepción, es decir, que son válidos siempre y para todas las situaciones.

Como hemos visto, este derecho se refiere específicamente a la acción del Estado, sin embargo, no podemos pasar por alto, que cualquier maltrato, agresión física, psicológica, moral o espiritual, que consentimos o propiciamos a un semejante es una actitud que menoscaba la dignidad de la persona, propicia un clima de violencia al que no podemos acostumbrarnos, ni mucho menos valorar como situación normal.

La violencia, los malos tratos y la agresión a un ser humanos serán siempre una actitud contraria a la dignidad, tanto del agresor como del agredido.
No te olvides de compartir y dialogar con tus hijos sobre este tema.

Artículo 5 (Declaración Universal de Derechos Humanos)

“Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos y degradantes”

Referencia: Boletín Lazos de Fe, Año 2, Nº 5, Junio 2007

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